Hoy en horas de la mañana tuvo lugar en el Salón Dorado del palacio municipal, una conferencia de prensa, en la cual se encontraban presentes el Intendente Municipal Julio Cesar Marini, el Jefe de gabinete y Secretario de Hacienda Jorge Ismael y el Secretario de Gobierno Ing. Sergio Acosta.
En dicha conferencia se anunció un paquete de medidas fiscales tendientes a aliviar la carga impositiva a los comercios y pequeñas empresas y a los monotributistas afectados de distintas maneras por la caída de la actividad económica, desde el comienzo de la cuarentena.
La prioridad hasta el momento de la administración Municipal fue atender la situación sanitaria y la de ayudar a contener la situación social.
Este paquete de medidas se trata de un esfuerzo municipal ante la compleja situación que atraviesan la mayoría de los Comercios y oficios, en el marco del desplome económico producto de la cuarentena, que también afecta a la administración municipal.
Los beneficios son acotados en el tiempo, si saber exactamente cuánto durará esta situación, en principio rigen sólo para los meses de Mayo, Junio, Julio y Agosto, para el caso de las exenciones o Bonificaciones al Comercio en la Tasa de Inspección Seguridad e Higiene; o para la segunda y tercer cuota del Impuesto Automotor Municipalizado,
Ponemos a disposición de ésta situación para aquel pequeño comercio u oficio, la propuesta de un régimen simplificado para contribuyentes de la Tasa de Seg. e Higiene cuya facturación anual sea inferior a los $700.000 o a los $200.000 según el caso.
Entre las medidas se elevará al Honorable Concejo Deliberante el proyecto que propone eximir totalmente del pago de las cuotas tres y cuatro de la TISH de Comercios y de actividades económicas afectadas por la cuarentena al día de la fecha, es decir, las no esenciales previstas por la cuarentena y siempre que su facturación resulte igual o menor a los 5 millones de pesos anuales. Es decir, que el beneficio está limitado a las empresas más chicas de los rubros que no pueden desempeñar sus actividades. Hoteles, Restaurantes, Bares, Cervecerías, Pubs, Boliches Bailables, Clubes y Gimnasios.
Las eximiciones deberán ser solicitadas por los titulares de las obligaciones fiscales por vía web o por nota, se debe acreditar estar comprendidos en las actividades y servicios considerados «exceptuados» al día de la fecha en nuestro distrito.
El trámite se podrá realizar por internet, será analizada y de corresponder se autorizará, es decir para acceder a los beneficios no será necesario realizar ningún trámite presencial ya que en los próximos días se podrá realizar la gestión vía web.
En el mismo sentido el Municipio realizará Bonificaciones extraordinarias del 40% al buen contribuyente de las Tasas de Seg. e Higiene y Patentes de Automotores Municipalizados.
La caída de la recaudación llega al 60 por ciento acumulado, durante el mes de Abril. Se registra una baja significativa en la recaudación y que frente a esta situación mediremos «día a día» como afrontamos los compromisos de la gestión. Estamos haciendo un gran esfuerzo.
Asimismo, queremos informar que desde el comienzo de esta cuarentena se suspendieron las ejecuciones fiscales, y vamos a sostener esta medida en principio por 90 días. Son alcanzados por esta medida, todos los procesos de ejecución fiscal por deudas tributarias o de multas.
También se otorga un plazo de 60 días posteriores a la finalización del aislamiento social preventivo obligatorio, para que los incluidos en la norma, cumplan con la regularización y renovación de las habilitaciones comerciales que se encontraren pendientes, vencidas o en trámite, suspendiéndose, durante dicho período, la aplicación de multas y clausuras de los locales involucrados por tal motivo.
Se implementará además la bonificación del 100 por ciento de los intereses generados por pago fuera de término de aquellos tributos municipales directamente vinculados a la actividad comercial por 90 días contados desde la aplicación de la medida. Para todas las tasas Municipales de aquellas actividades exceptuadas por el Municipio por motivos de la cuarentena.
Se van a diferir los vencimientos de 3 cuotas de los créditos, tanto los Productivos, como los destinados a la refacción de viviendas, hacia el final del compromiso. Las cuotas cuyos vencimientos de los créditos que operan en los meses de Mayo, Junio y Julio se postergan al final del compromiso convenido en cada crédito.
En esta misma oportunidad se anuncia la puesta en vigencia de un Plan de Regularización de Deudas o Moratoria con vigencia hasta el 31 de Agosto del corriente. Dicha Moratoria es de hasta 36 cuotas y entre las distintas variantes ofrece para un plan de hasta 7 cuotas, quitas del 95% de los intereses. Podrán incluir al mismo hasta las cuotas vencidas durante el mes de Abril. La sola adhesión a este plan de facilidades le permite acceder al beneficio impositivo de contribuyente cumplidor y evita subas impositivas en sus tasas municipales.
Cuota Minima: $1.000. Opciones de plan: de 0-7cuotas quita 95%; de 8-15 cuotas quita 80%; de 16-20 cuotas quita 70%, de 21-25 cuotas quita 60%; de 26-36 cuotas quita 50%.
Las 8 medidas anunciadas por la Municipalidad de Benito Juárez:
1. Eximiciones en Comercio. En Mayo, Junio, Julio y Agosto estarán eximidos del pago de la Tasa de Inspección, Seguridad e Higiene de las actividades afectadas por las restricciones de la cuarentena al día de la fecha, Hoteles, Restaurantes, Bares, Cervecerías, Pubs, Boliches Bailables, Clubes y Gimnasios. Aprobación del HCD mediante.
2. Bonificaciones extraordinarias del 40% en Tasas de Seg. e Higiene y patentes de Automotores.
3. Planes de Créditos Municipales, diferimiento de las cuotas cuyos vencimientos operan los Meses de Mayo, Junio y Julio.
4. Ejecuciones fiscales. Se suspenden por 90 días los pedidos de ejecución de Procuración Fiscal por deudas de Tasa y Multas Municipales.
5. Plan de facilidades, planes de pagos o Moratoria para las tasas de Servicio Sanitario Medido, Alumbrado y Conservación en la Vía Publica, Tasa por Inspección de Seg. e Higiene, Patentes de Automotores, Derecho de Cementerio, Derecho de Construcción, entre otras.
6. De ser necesario se otorga la bonificación del 100 por ciento de los intereses generados por pago fuera de término de aquellos tributos municipales directamente vinculados a la actividad comercial por 90 días contados desde la aplicación de la medida.
7. Proponer la utilización de un régimen simplificado para contribuyentes de la Tasa de Seg. e Higiene cuya facturación sea inferior a los $700.000 o a los $200.000.
8. Además se otorga hasta un plazo de 60 días posteriores a la finalización del aislamiento social preventivo obligatorio, para que los incluidos como exceptuados en la norma, cumplan con la regularización y renovación de las habilitaciones comerciales que se encontraren pendientes, vencidas o en trámite, suspendiéndose, durante dicho período, la aplicación de multas y clausuras de los locales involucrados por tal motivo. Por último se habló sobre la flexibilización de distintas actividades.