El Intendente Municipal Julio Cesar Marini, en compañía de la Secretaria de Salud, Dra. María Elisa Timpanaro, el Secretario de Gobierno Ing. Sergio Acosta, integrantes del comité de crisis, Dres. Miguel Vázquez, Dora Noguez, Lisandro Figueroa, la Subdirectora de Programas de Salud Karina D´Esposito, el Secretario de Seguridad Carlos Saba, y el Presidente de la Cámara Empresaria Norberto Zocco; brindó una nueva conferencia de prensa en el Salón Dorado, dando a conocer las nuevas medidas implementadas para todo el distrito.
Se adjunta copia del decreto correspondiente, donde se detallan las mismas.
DECRETOS 2020
– Dto. 859-
BENITO JUÁREZ –Julio 15 de 2020 –
VISTO la continuidad del estado de Emergencia Sanitaria y la prórroga del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio, establecido por Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 576/2020, a raíz de la evolución del Coronavirus (Covid-19); y
CONSIDERANDO que en nuestro Distrito se cuenta con un caso confirmado de dicha enfermedad, el cual al día de la fecha y habiéndose realizado un nuevo hisopado, con resultado negativo, recuperándose el paciente pudiéndose evitar la propagación del virus;
QUE en tal sentido, el Departamento Ejecutivo con la conformidad la Comisión Municipal de Salud ha tomado la decisión de permitir la reapertura y continuidad de diversas actividades sociales, comerciales, deportivas y recreativas;
QUE en el marco de las facultades legalmente atribuidas (arts. 5 y 123 de la Constitución Nacional, arts. 190 y cctes. de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, arts. 1, 107, 108 y cctes. de la Ley Orgánica de las Municipalidades) resulta necesario el dictado de este acto administrativo;
QUE el Secretario de Gobierno, dispone el dictado del presente Acto Administrativo;
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
DECRETA:
Artículo 1°.- Dispónese la vigencia a partir de las 00 del día 16 de Julio de 2020 y hasta el dictado de un nuevo Acto Administrativo, de los Decretos Municipales: Nº 545/2020, Nº 608/2020, Nº 738/2020, Nº 766/2020 (solo la actividad nombrada en el Artículo Nº 1: Tenis, con su respectivo Anexo), Nº 792/2020 y Nº 823/2020.—————————————————————————-
Artículo 2°.-Dejese sin efecto a partir del dictado del presente, el Decreto Municipal Nº 829/2020.———————————————————————————
Artículo 3°.-Deberán cumplirse las disposiciones que menciona en el artículo 4º del Decreto Municipal Nº 467/2020 (y sus modificatorias).—————————-
Artículo 4°.- Las Secretarías de Seguridad y de Salud, la Dirección de Inspección General y la Dirección General de Deportes serán las autoridades de aplicación del presente Acto Administrativo, de acuerdo a cada actividad.———————–
Artículo 5°.- El incumplimiento de lo establecido en éste Decreto, dará lugar a la aplicación de las consecuencias previstas en el marco normativo respectivo. –
Artículo 6º.-Refrendarán el presente Acto Administrativo el Sr. Secretario de Gobierno.—-
Artículo 7º.-Comuníquese, dése al R. O. de Decretos y Resoluciones, tome nota, Recursos Humanos, Presupuesto, Contaduría, Secretarías de Desarrollo Social, Salud, Ente Descentralizado Hospital “Dr. Alfredo Saintout”, Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos, Hacienda, y de Gobierno, Dirección de Cultura, de Deportes, Producción, Dirección General de Servicios, y Delegaciones Municipales, Auditoría, cumplido archívese.————————
DECRETO Nº 859.-